• Secreto profesional. Siempre debe tenerse en cuenta la necesidad de respetar el secreto profesional, que ha sido la piedra angular del enfoque médico desde los tiempos de Hipócrates. Los datos e informaciones clínicas pertenecen a la persona y, por tanto, deben ser tratados con su consentimiento; se debe compartir con otros profesionales solo lo imprescindible para el proceso de atención, con profesionalidad, respeto y utilizando las formas adecuadas que lo garanticen.

Los avances tecnológicos en el campo de la información y la comunicación, nos obligan a estar atentos a los circuitos y sistemas de protección y seguridad, con el fin de no vulnerar el derecho a la confidencialidad y garantizar una adecuada protección de los datos de las personas.

  • Veracidad. El derecho a la verdad implica que la persona asistida siempre esté informada sobre sus condiciones de salud con respecto a sus capacidades de acogida, con la atención humana que esto conlleva. El propietario de esta verdad es solo el paciente y no los miembros de su familia, a menos que la persona asistida solicite que uno de ellos comparta esa información o por su condiciones esté representada legalmente por un tutor/a. La comunicación de la verdad adquiere particular importancia frente a situaciones clínicas que implican la elección de la persona asistida.
  • Autonomía y libertad de conciencia. La persona asistida es la que debe decidir siempre, según su consciencia, sobre todas las decisiones que afectan a su salud
  • situación existencial. Debe estar debidamente informado, pero sin ninguna coerción o condicionamiento. A excepción de las personas legalmente incapacitadas (en las que actúa el tutor legal) la persona asistida debe tomar ella sola las decisiones sin dejar de ser acompañada y asesorada en lo que ella requiera. En nuestros centros respetamos y alentamos a las personas a participar activamente en el proceso de curación.

Debe estar debidamente informado, pero sin ninguna coerción o condicionamiento. A excepción de las personas legalmente incapacitadas (en las que actúa el tutor legal) la persona asistida debe tomar ella sola las decisiones sin dejar de ser acompañada y asesorada en lo que ella requiera. En nuestros centros respetamos y alentamos a las personas a participar activamente en el proceso de curación.

3. Protección de las personas en situaciones de especial vulnerabilidad.

La vulnerabilidad es una característica de la fragilidad, típica de todo ser humano. Sin embargo, hay personas en quienes esta vulnerabilidad es mucho más pronunciada y, por lo tanto, necesitan más atención de la Orden. En nuestro contexto actual, podemos señalar algunas situaciones concretas:

  • Personas en condiciones de pobreza. Constituye una vulnerabilidad específica, de la cual dependen muchas otras. Además, toda otra forma de vulnerabilidad se acentúa en situaciones de marginalidad�,�y social.
  • Personas con problemas de adicciones. El problema de las adicciones desafía fuertemente a la Orden Hospitalaria, que está involucrada de varias maneras (servicios